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Cambiar a separación de bienes durante el matrimonio

Estando casados pueden cambiar el régimen de bienes: de sociedad conyugal a separación total o a participación en los gananciales. Cómo se hace, según el Código Civil.

Última actualización: 2026-06-21

Sí se puede. Durante el matrimonio, los cónyuges pueden sustituir el régimen de sociedad de bienes por el de participación en los gananciales o por el de separación total de bienes (artículo 1723 del Código Civil). Se hace por escritura pública que debe subinscribirse al margen del acta de matrimonio dentro de 30 días.

¿Se puede cambiar el régimen estando casados? Sí. Aunque al casarse hayan quedado en sociedad conyugal, la ley permite cambiar de régimen durante el matrimonio: sustituirlo por separación total de bienes o por participación en los gananciales (artículo 1723 del Código Civil).

¿Para qué sirve cambiar a separación de bienes? - Proteger el patrimonio de un cónyuge frente a las deudas del otro (por ejemplo, si uno emprende un negocio). - Que cada uno administre lo suyo con independencia. - Ordenar el patrimonio antes de un eventual conflicto.

Recuerda: el cambio no es retroactivo y no puede hacerse en perjuicio de terceros (acreedores que ya existían).

¿Cómo se hace? 1. Se otorga una escritura pública ante notario, donde ambos acuerdan el nuevo régimen. 2. Esa escritura debe subinscribirse al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil, dentro de 30 días desde la escritura. 3. Al liquidar la sociedad conyugal, se reparten los bienes según corresponda.

¿Qué hacer? 1. Conversen qué régimen les conviene (separación da más independencia). 2. Vayan a una notaría a otorgar la escritura de cambio. 3. Subinscríbanla en el Registro Civil dentro del plazo (clave para que valga). 4. Asesórense con un abogado de familia si hay patrimonio importante. 5. ¿Tu caso es distinto? Pregúntale a AbogaBot y te orienta con la ley.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de sociedad conyugal a separación de bienes?

Sí. Durante el matrimonio pueden sustituir la sociedad de bienes por separación total o por participación en los gananciales (artículo 1723 del Código Civil), por escritura pública subinscrita al margen del matrimonio.

¿Para qué sirve pasar a separación de bienes?

Para proteger el patrimonio de un cónyuge frente a las deudas del otro y para que cada uno administre sus bienes con independencia. Útil si uno emprende o tiene riesgo patrimonial.

¿El cambio afecta a los acreedores anteriores?

No puede hacerse en perjuicio de terceros: los acreedores que ya existían conservan sus derechos. El cambio de régimen no es retroactivo.

¿Qué pasa si no subinscribo la escritura a tiempo?

La subinscripción al margen del matrimonio dentro de 30 días es esencial para que el cambio produzca efecto. Sin ella, el cambio de régimen no se perfecciona.

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.