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Cercos y deslindes con el vecino: ¿quién paga y dónde va el límite?

Tienes derecho a cerrar tu terreno y, en los límites con el vecino, a compartir el cerco. Cómo funcionan el cerramiento y los deslindes, según el Código Civil.

Última actualización: 2026-06-21

Todo dueño tiene derecho a cerrar o cercar su terreno por todas partes (artículo 844 del Código Civil). En el límite con el vecino, el cerco divisorio puede ser medianero (compartido) y, en ese caso, los costos de construirlo y mantenerlo se reparten. Para fijar el deslinde exacto, se puede pedir la demarcación.

Tu derecho a cerrar tu terreno La ley reconoce que el dueño de un predio puede cerrarlo o cercarlo por todos sus lados (con muros, rejas, setos), como expresión de su propiedad (artículo 844 del Código Civil).

El cerco con el vecino (medianería) Cuando el cerco está en el límite entre dos predios, puede ser medianero: pertenece a ambos vecinos. En ese caso: - Los costos de construirlo y mantenerlo se reparten entre los dueños colindantes. - Ninguno puede destruirlo o usarlo en perjuicio del otro sin acuerdo.

El deslinde (dónde va el límite) Si no está claro por dónde pasa el límite entre tu terreno y el del vecino, puedes pedir la demarcación: fijar y marcar el deslinde, con planos y, si es necesario, un perito. Esto evita conflictos por metros, cercos corridos o construcciones que invaden.

¿Qué hacer? 1. Para cercar, respeta el deslinde real (no invadas el predio vecino). 2. Si el cerco es compartido, acuerda con el vecino el reparto de costos. 3. Si hay duda del límite, revisa los títulos y planos y pide la demarcación. 4. Ante conflicto, asesórate (un abogado o la Corporación de Asistencia Judicial, gratis). 5. ¿Tu caso es distinto? Pregúntale a AbogaBot y te orienta con la ley.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cerrar mi terreno con reja o muro?

Sí. El dueño tiene derecho a cerrar o cercar su predio por todas partes (artículo 844 del Código Civil), respetando el deslinde con el vecino y las normas municipales de construcción.

¿Quién paga el cerco entre dos casas?

Si el cerco es medianero (en el límite y compartido), los costos de construirlo y mantenerlo se reparten entre los dueños colindantes. Conviene acordarlo por escrito.

No sabemos dónde está el límite exacto, ¿qué hacemos?

Pueden pedir la demarcación del deslinde: revisar títulos y planos y, si es necesario, un perito que fije y marque el límite. Así se evitan conflictos por invasiones o cercos corridos.

El vecino corrió el cerco hacia mi terreno, ¿qué hago?

Revisa tus títulos y planos; si invadió tu propiedad, puedes exigir que se restituya el deslinde correcto. Si no hay acuerdo, el tribunal puede ordenar la demarcación y la restitución.

¿Tu caso es distinto?

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.