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¿Cómo se paga la gratificación y cuánto me corresponde en Chile?

¿Tu empresa debe pagarte gratificación? Conoce las dos formas legales de pago (30% de las utilidades o 25% con tope) según el Código del Trabajo.

Última actualización: 2026-06-15

La gratificación es una parte de las utilidades de la empresa que, por ley, se reparte entre los trabajadores. La pagan las empresas con fines de lucro que llevan contabilidad y tuvieron utilidades. Hay dos formas: repartir al menos el 30% de las utilidades líquidas, o pagar el 25% de lo que ganaste en el año con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales. El empleador elige la opción que más le convenga.

¿Qué es la gratificación legal? La gratificación es un derecho del trabajador: una participación en las utilidades de la empresa. La paga obligatoriamente toda empresa con fines de lucro, obligada a llevar contabilidad y que haya tenido utilidades líquidas en el año (artículo 47 del Código del Trabajo).

Si la empresa no tuvo utilidades, no está obligada a pagar gratificación legal ese año. Distinto es si tu contrato pactó una gratificación garantizada: esa se paga igual.

¿De cuánto es la gratificación? La ley da al empleador dos formas de cumplir, y puede elegir la que le convenga:

  • 30% de las utilidades (artículo 47): repartir al menos el 30% de las utilidades líquidas entre los trabajadores, en proporción a lo que ganó cada uno en el año.
  • 25% de tu remuneración anual con tope (artículo 50): pagarte el 25% de lo que ganaste en sueldos durante el año, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales. En la práctica casi todas las empresas usan esta opción, porque el monto es más predecible.

¿Cómo se calcula el 30%? La "utilidad líquida" no es cualquier ganancia: la determina el Servicio de Impuestos Internos, descontando un 10% del capital propio de la empresa (artículo 48). Ese 30% se reparte entre los trabajadores en proporción a lo que ganó cada uno.

¿Me pagan gratificación si trabajé solo unos meses? Sí. La gratificación es proporcional a lo que ganaste en el período, así que aunque hayas entrado a mitad de año te corresponde la parte proporcional.

¿Mensual o anual? La gratificación legal es anual, pero muchas empresas la anticipan mes a mes —la verás como "gratificación" en tu liquidación de sueldo—. Si te la pagan mensual con el tope de 4,75 ingresos mínimos, están usando la opción del artículo 50.

¿Qué hacer ahora? 1. Revisa tu liquidación de sueldo: si aparece "gratificación" mensual, te la están anticipando con tope. 2. Mira tu contrato: si pactó una gratificación mejor que la legal, esa manda. 3. Si crees que no te la pagaron debiendo hacerlo, puedes reclamar en la Inspección del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Todas las empresas pagan gratificación?

No. Solo las empresas con fines de lucro, obligadas a llevar contabilidad y que hayan obtenido utilidades líquidas en el año (artículo 47 del Código del Trabajo). Si no hubo utilidades, no hay gratificación legal ese año.

¿Cuál es el tope de la gratificación?

Cuando el empleador paga el 25% de las remuneraciones anuales (artículo 50), la gratificación de cada trabajador no puede superar los 4,75 ingresos mínimos mensuales.

¿La gratificación es lo mismo que el aguinaldo?

No. El aguinaldo es un bono voluntario o pactado (por Fiestas Patrias o Navidad). La gratificación es un derecho legal ligado a las utilidades de la empresa.

¿Me corresponde gratificación si me voy a mitad de año?

Sí, de forma proporcional al tiempo trabajado y a las remuneraciones que ganaste en ese período.

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Esta guía es orientación general basada en el Código del Trabajo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.