No pago el crédito hipotecario: ¿pueden rematar mi casa?
Si dejas de pagar un crédito con hipoteca, el banco puede rematar la propiedad para cobrarse. Cómo funciona, qué plazos tienes y cómo evitar el remate.
Si dejas de pagar un crédito con hipoteca, el banco puede rematar la propiedad para cobrarse. Cómo funciona, qué plazos tienes y cómo evitar el remate.
La hipoteca es una garantía sobre tu propiedad: si no pagas el crédito, el banco puede ejecutarla y rematar el inmueble para cobrarse (artículo 2407 del Código Civil). No es inmediato: hay un juicio con plazos en que puedes ponerte al día, repactar o defenderte. Si el remate cubre más que la deuda, el saldo es tuyo.
Sí, el banco puede ejecutar la hipoteca y rematar el inmueble para cobrarse (artículo 2407 del Código Civil), pero mediante un juicio con plazos en que puedes pagar, repactar o defenderte.
No. Requiere un juicio ejecutivo: notificación, embargo y plazos para oponerte o ponerte al día. Solo si no se resuelve se ordena el remate en subasta pública.
Sí. Con el remate se paga la deuda, intereses y costas; si sobra, ese saldo te corresponde. Si no alcanza, en principio sigues debiendo el resto, salvo pacto distinto.
Hablando con el banco apenas te atrasas (repactar/reprogramar), poniéndote al día dentro de los plazos del juicio, o vendiendo tú mismo la propiedad antes del remate.
Consulta gratis con AbogaBot, nuestro asistente legal con inteligencia artificial que cita los artículos exactos.
Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.