¿Pueden negarme la venta o condicionarla? Tus derechos
Un proveedor no puede negarte injustificadamente la venta de un producto o servicio disponible. Qué dice la Ley del Consumidor y qué hacer si te discriminan o condicionan.
Un proveedor no puede negarte injustificadamente la venta de un producto o servicio disponible. Qué dice la Ley del Consumidor y qué hacer si te discriminan o condicionan.
Los proveedores no pueden negar injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios que tengan disponibles (artículo 13 de la Ley 19.496). Tampoco pueden condicionar la venta a comprar otra cosa o discriminar sin razón. Si te niegan la atención teniendo stock, puedes reclamar en el SERNAC.
> Sí pueden negarse por motivos legítimos: falta de stock real, que el producto sea para mayores de edad, riesgo de seguridad, etc.
No injustificadamente. El proveedor no puede negar la venta de un bien o servicio que tiene disponible (artículo 13 de la Ley 19.496), salvo motivos legítimos como falta de stock o restricciones legales del producto.
No. Condicionar la venta de un producto a la compra de otro es una práctica que la ley no permite. Puedes exigir la venta del producto que quieres en igualdad de condiciones.
La discriminación arbitraria en la atención puede dar lugar a sanción e indemnización. Deja constancia de lo ocurrido y reclama en el SERNAC o en el Juzgado de Policía Local.
Por motivos legítimos: falta de stock real, productos con restricción de edad o por seguridad, entre otros. La negativa debe ser justificada, no arbitraria.
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Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.