Repactar una deuda: ojo con la novación y reconocer la deuda
Repactar puede aliviar tus cuotas, pero también puede revivir una deuda prescrita o cambiar tus condiciones. Qué es la novación y qué revisar antes de firmar, según el Código Civil.
Repactar puede aliviar tus cuotas, pero también puede revivir una deuda prescrita o cambiar tus condiciones. Qué es la novación y qué revisar antes de firmar, según el Código Civil.
Repactar es renegociar tu deuda (nuevas cuotas o plazo). Cuidado: si se sustituye la deuda anterior por una nueva, eso es una novación (artículo 1628 del Código Civil) y puede hacerte reconocer una deuda incluso prescrita o cambiar tus garantías. Antes de repactar, revisa el monto total, la tasa y si la deuda ya pudo prescribir.
No siempre. Puede bajar la cuota pero alargar el pago y sumar intereses. Compara el costo total, no solo la cuota mensual, antes de firmar.
Sí. Si firmas una repactación reconociendo una deuda ya prescrita, puedes perder esa defensa. Por eso conviene revisar la prescripción antes de repactar.
Sustituir una obligación anterior por una nueva, que extingue la antigua (artículo 1628 del Código Civil). Si la repactación es una novación, nace una deuda nueva que puede cambiar garantías y plazos.
El monto total a pagar, la tasa de interés (que no supere el máximo legal), si la deuda pudo prescribir y qué garantías quedan involucradas. Pide siempre la propuesta por escrito.
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Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.