¿Quién hereda si no hay testamento? El orden de la herencia
Sin testamento, la ley define quién hereda: primero los hijos y el cónyuge. Cómo es el orden de la sucesión intestada en Chile, según el Código Civil.
Sin testamento, la ley define quién hereda: primero los hijos y el cónyuge. Cómo es el orden de la sucesión intestada en Chile, según el Código Civil.
Si una persona muere sin testamento, hereda según el orden que fija la ley (sucesión intestada). En primer lugar, los hijos, que excluyen a los demás herederos; pero si hay cónyuge sobreviviente, este concurre junto con los hijos (artículo 988 del Código Civil). Si no hay hijos, heredan los ascendientes y el cónyuge, y así sucesivamente.
La parte del cónyuge tiene reglas especiales (en general recibe el doble de lo que recibe un hijo, con un mínimo garantizado).
Los hijos, que excluyen a los demás herederos; pero si hay cónyuge sobreviviente, este concurre junto con los hijos (artículo 988 del Código Civil).
El cónyuge concurre con los hijos y, por regla general, recibe el doble de lo que recibe un hijo, con un mínimo garantizado por la ley. Hay reglas especiales según el número de hijos.
Heredan los ascendientes y el cónyuge; a falta de ellos, los hermanos y otros colaterales; y en último término, el Fisco.
Con la posesión efectiva. Si no hubo testamento, se pide en el Registro Civil (trámite administrativo). Recuerda que también se heredan las deudas: conviene aceptar con beneficio de inventario.
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Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.