Renegociar tus deudas: la Ley de Insolvencia (Ley 20.720)
Si no puedes pagar tus deudas, el Procedimiento de Renegociación de la Ley 20.720 (ante la Superir) te permite ordenarlas y rebajarlas, gratis y sin abogado, con protección frente a cobros.
Si no puedes pagar tus deudas, el Procedimiento de Renegociación de la Ley 20.720 (ante la Superir) te permite ordenarlas y rebajarlas, gratis y sin abogado, con protección frente a cobros.
Si tienes varias deudas vencidas y no puedes pagarlas, la Ley 20.720 de Insolvencia ofrece un Procedimiento Concursal de Renegociación para personas: es gratis, sin abogado, se hace ante la Superintendencia de Insolvencia (Superir) y busca un acuerdo con tus acreedores para reordenar o rebajar tus deudas (artículo 260 y 261).
Lo bueno: es gratuito y no necesitas abogado para iniciarlo.
El Procedimiento Concursal de Renegociación de la persona deudora es gratuito y no requiere abogado: se inicia directamente ante la Superintendencia de Insolvencia (artículos 260 y 261 de la Ley 20.720).
Sí. Una vez admitida la solicitud, se aplica una protección que impide iniciar nuevas ejecuciones o embargos por esas deudas mientras dura el procedimiento, para poder negociar con calma.
La persona deudora con dos o más deudas vencidas con distintos acreedores, impagas, que superen el monto mínimo legal y que no esté en otro procedimiento concursal. Conviene confirmar los requisitos vigentes en la Superir (artículo 260).
Si no hay acuerdo de renegociación, la ley contempla la liquidación de bienes para extinguir las deudas y poder reemprender. Ordena tu situación financiera aunque sea como último recurso.
Consulta gratis con AbogaBot, nuestro asistente legal con inteligencia artificial que cita los artículos exactos.
Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en el Código del Trabajo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.