Artículo UNICO
Artículo único: Increméntase en 27 cargos de Médicos Cirujanos, la planta de cargos afectos a la ley Nº 15.076 del Servicio de Salud Araucanía Sur, fijada en el decreto con fuerza de ley Nº 16, de 1995, modificado por el decreto con fuerza de ley Nº 17, de 2000, todos del Ministerio de Salud.
📜 Texto Legal Técnico
