Artículo UNICO
Artículo único.- Deróganse los incisos primero y segundo del N° 4 del artículo 84 de la Ley General de Bancos , contenida en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA LEY GENERAL DE BANCOS, PERMITIENDO A TRABAJADORES BANCARIOS ACCEDER A CRÉDITOS OFRECIDOS POR SUS ENTIDADES EMPLEADORAS
Ley 20400 · 1 artículos · Versión BCN: 2009-11-27 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Deróganse los incisos primero y segundo del N° 4 del artículo 84 de la Ley General de Bancos , contenida en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda.