MODIFICA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS, NOMBRA Y ENCASILLA A FUNCIONARIOS QUE SEÑALA DE LA PLANTA TRANSITORIA ADSCRITA A LA SUBSECRETARÍA DE HACIENDA
Artículo 1º.- Modifícase conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley Nº 20.309, la planta de personal del Servicio Nacional de Aduanas, contenida en el artículo 7º de la ley Nº 19.479 y en el decreto con fuerza de ley Nº 39 del Ministerio de Hacienda, de 2003 , creándose los cargos que se indican a continuación: Plantas/Cargos Grados Número ESF Directivo 12 1 Directivo 13 1 Directivo 15 2 Directivo 16 1 Directivo 17 2 Directivo 18 3 Directivo 19 1 Total planta directivos 11 Total cargos 11
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Artículo 2
Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos antes señalados: Del grado 12 al 19 Requisitos alternativos: 1. Para los grados 11 al 15, título de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. Para los grados 16 al 19, título de una carrera de, a lo menos, seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y experiencia mínima de 5 años en el Servicio; 2. Desempeño de, a lo menos, 6 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales o de Técnicos del Servicio Nacional de Aduanas; 3. Desempeño de, a lo menos, 8 años en cargos de escalafón directivo de órganos de la Administración del Estado.
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Artículo 3
Artículo 3º.- Traspásanse a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, mediante encasillamiento, en los cargos creados en el artículo primero, en la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aduanas, a los siguientes funcionarios titulares de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, constituida por la resolución de Hacienda Nº 71 de 19 de mayo de 2009: Cargo en Planta Grado Nombre RUT que se E.S.F. encasilla Philippi De Solminihac 5.861.658-3 Directivo Directivo Pablo Ernesto de carrera 12 Rocha Castillo Efraín René 5.120.995-8 Directivo Directivo de carrera 13 Guajardo Aguilera Eduardo 6.029.605-7 Directivo Directivo de carrera 15 Dávila Lucero Víctor Eduardo 7.168.974-3 Directivo Directivo de carrera 15 Ramírez Mella Isabel Margarita 6.559.396-3 Directivo Directivo de carrera 16 Botto Falchi Carlos Alejandro 5.312.977-3 Directivo Directivo de carrera 17 Olmos Romo Clorinda Mercedes 7.155.650-6 Directivo Directivo de carrera 17 Ramírez Mella Eliana del Carmen 7.542.825-1 Directivo Directivo de carrera 18 Aguirre Aguirre Hernán Orlando 5.812.274-2 Directivo Directivo de carrera 18 Farías Guajardo Mercedes Elena 7.410.586-6 Directivo Directivo de carrera 18 Barrera Cortés Verónica Alicia 9.216.925-1 Directivo Directivo de carrera 19
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Artículo 4
Artículo 4º.- Traspásanse a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, mediante nombramiento, en los cargos vacantes que se indican de la Planta de Personal de al Servicio Nacional de Aduanas, a los siguientes funcionarios titulares de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, constituida por la resolución de Hacienda Nº 71 de 19 de mayo de 2009 en los siguientes cargos vacantes: Cargo en Planta Grado Nombre RUT que se E.S.F. encasilla González Pincheira Cecilia del Carmen 7.474.188-6 Técnico Técnico 17 Quintana Ñanculef Antonio 10.247.553-4 Técnico Técnico 20 Rojas Cortés Georgina Isabel 5.544.161-8 Administrativo Administrativo 19
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Artículo 5
Artículo 5º.- Increméntase en 14 (catorce) cargos la dotación máxima de personal del Servicio Nacional de Aduanas.
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Artículo 6
Artículo 6º.- El traspaso del personal de la planta transitoria adscrita al Servicio de Aduanas, que se dispone por este decreto con fuerza de ley, no será considerado como causal de término de servicios, ni de supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral. Las personas traspasadas conservarán el número de bienios que tengan reconocidos, como también el tiempo computable para uno nuevo.
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Artículo 7
Artículo 7º.- Los nombramientos y encasillamientos que se ordenan por este decreto con fuerza de ley no podrán significar menor renta a los funcionarios traspasados, para lo cual cualquier diferencia se pagará por planilla suplementaria de acuerdo a lo establecido en el inciso primero del artículo 17 de la ley Nº 20.309.
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Artículo TRANSITORIOtransitorio
Artículo transitorio.- Las personas que por este acto se nombran o encasillan, no requerirán cumplir con los requisitos establecidos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos señalados en este decreto con fuerza de ley.