Artículo
1.- NOTA Establécese como fecha de supresión de las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, el día 11 de marzo de 2010. 2.- Establécese como fecha de inicio de funcionamiento de la Subsecretaría de Defensa el día 11 de marzo de 2010. 3.- Establécese como fecha de inicio de funcionamiento de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas el día 11 de marzo de 2010. NOTA El Artículo 1º del Decreto con Fuerza de Ley 2, Defensa, publicado el 06.04.2010, complementa la presente norma en el sentido de mantener transitoriamente vigentes las plantas y estructuras de funcionamiento de las antiguas Subsecretarías de Guerra, de Marina, de Aviación y de la Dirección Administrativa, del Ministerio de Defensa Nacional, dispuestas en sus reglamentos orgánicos contenidos en el decreto supremo (G) Nº 130, de 1976, de la Subsecretaría de Guerra, en el decreto supremo (M) Nº 206, de 1975, de la Subsecretaría de Marina, en el decreto supremo (Av) Nº 726, de 1979, de la Subsecretaría de Aviación, y en el decreto supremo Nº 236, de 1993, de la Subsecretaría de Guerra, todos del Ministerio de Defensa Nacional, mientras no se dicten los decretos con fuerza de ley que establezcan las plantas señaladas en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la Ley Nº 20.424 y los reglamentos de funcionamiento administrativo de las Subsecretarías de Defensa y para las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Defensa Nacional.
