Artículo UNICO
Artículo único.- Abónanse, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios del Secretario de la Corte de Apelaciones de Talca, don Jorge González Concha, el tiempo comprendido entre el 15 de Marzo de 1907 y el 1.o de Septiembre de 1909, en que sirvió las funciones de Secretario del Seminario de San Pelayo, de Talca. Esta ley comenzará regirá desde la fecha de publicación en el "Diario Oficial".
📜 Texto Legal Técnico
