ORDENA TENER POR TEXTO DEFINITIVO DEL CODIGO DEL TRABAJO EL ADJUNTO AL OFICIO N.o 25, DE 10 DE ABRIL DE 1945, DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
Ley 8114 · 3 artículos · Versión BCN: 1945-07-19 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.o Téngase por texto definitivo del Código del Trabajo el adjunto al oficio N.o 25, de 10 de Abril de 1945, de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile, organismo que fué encargado de la refundición y coordinación del citado Código con las disposiciones legales que lo modifican o complementan de acuerdo con la facultad que concediera al Presidente de la República la ley 8,082, de 29 de Enero ppdo.;
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.o Dos ejemplares de dicho texto, autorizados por el Presidente de la República y signados con el sello del Ministerio del Trabajo, se depositarán en las Secretarías del Senado y de la Cámara de Diputados y otro se destinará al archivo de dicho Ministerio;
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3.o El texto mencionado se tendrá por el auténtico del Código del Trabajo, y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que de dicho Código se hicieren.