Acuerdo de Unión Civil (20.830)

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Lenguaje Simple

CREA EL ACUERDO DE UNIÓN CIVIL

Ley 20830 · 50 artículos · Versión BCN: 2015-04-21 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 1

Explicación en Lenguaje Simple:

Define el acuerdo de unión civil como un contrato entre dos personas que comparten un hogar para regular los efectos jurídicos de su vida afectiva común, estable y permanente. Pasan a ser convivientes civiles y parientes para ciertos efectos. Al terminar la unión, recuperas tu estado civil anterior.

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Artículo 2

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que la celebración de este acuerdo de unión civil genera para ti y tu conviviente civil todos los derechos y obligaciones legales determinados en esta ley.

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Artículo 3

Explicación en Lenguaje Simple:

Indica que no puedes someter el acuerdo de unión civil a ningún plazo, condición, modo o gravamen. Tampoco tiene validez legal la promesa de celebrar este acuerdo en el futuro.

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Artículo 4

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que mientras tu acuerdo de unión civil esté vigente, tendrás parentesco por afinidad con los familiares de sangre de tu conviviente civil. El grado de afinidad se calcula de la misma forma que el grado de consanguinidad de tu conviviente.

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Artículo 5

Explicación en Lenguaje Simple:

El acuerdo de unión civil se celebra en el Registro Civil ante un oficial, declarando bajo juramento no tener un matrimonio o unión civil vigente. Puedes celebrarlo mediante un mandatario con poder especial otorgado por escritura pública, quien requiere facultad expresa si acuerdan tener comunidad de bienes.

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Artículo 6

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que el acta de tu acuerdo se debe inscribir en el Registro Especial de Acuerdos de Unión Civil. Este registro contendrá tu nombre completo, sexo, el de tu conviviente, la fecha, hora, lugar y comuna de la celebración, además de la certificación del oficial civil.

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Artículo 7

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que el contrato sea válido, debes ser mayor de edad y poder administrar libremente tus bienes. Sin embargo, si estás declarado como disipador en interdicción, de todas formas puedes celebrar este acuerdo por ti mismo.

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Artículo 8

Explicación en Lenguaje Simple:

Exige tu consentimiento libre y espontáneo para celebrar el acuerdo. Se considera que este falta si te equivocas sobre la identidad de la otra persona o si te obligan a firmar mediante el uso de la fuerza.

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Artículo 9

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe celebrar este acuerdo entre parientes directos de sangre o afinidad, y colaterales hasta el segundo grado como hermanos. Tampoco puedes celebrarlo si tienes un matrimonio o un acuerdo de unión civil vigente y no disuelto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 10

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes la patria potestad de un hijo o la tutela de otra persona y quieres celebrar un acuerdo de unión civil, debes cumplir obligatoriamente las reglas del Código Civil sobre la realización de un inventario solemne de los bienes que administras.

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Artículo 11

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo fue derogado: ya no tiene contenido vigente.

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Artículo 12

Explicación en Lenguaje Simple:

Reconoce en Chile los acuerdos de unión civil extranjeros no matrimoniales si se inscriben en el registro especial chileno. Sus requisitos se rigen por la ley del país de origen, pero se pueden declarar nulos en Chile si violan las reglas de edad, consentimiento o parentesco.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 13

Explicación en Lenguaje Simple:

Si celebraste tu acuerdo en el extranjero, al inscribirlo en Chile se considerará que tienes separación de bienes. La única excepción es que decidas pactar expresamente el régimen de comunidad de bienes al momento de la inscripción.

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Artículo 14

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que tú y tu conviviente civil deben ayudarse mutuamente. Además, tienen la obligación de pagar los gastos de su vida en común según sus capacidades económicas y el régimen de bienes que hayan elegido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 15

Explicación en Lenguaje Simple:

Mantienes la propiedad y administración de tus bienes personales adquiridos antes y durante la unión civil, a menos que pacten expresamente comunidad de bienes al celebrar el acuerdo. En ese régimen, los bienes comprados durante la vigencia de la unión pertenecerán a ambos por mitades.

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Artículo 16

Explicación en Lenguaje Simple:

Te convierte en heredero directo y legitimario de tu conviviente civil si este fallece sin dejar testamento. Tendrás los mismos derechos y la misma participación en la herencia que corresponden a un cónyuge, incluyendo la opción de recibir la cuarta de mejoras.

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Artículo 17

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite que seas desheredado por tu conviviente civil a través de su testamento, siempre que se configure alguna de las tres primeras causales legales que se aplican también para desheredar a los cónyuges.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 18

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que tengas derecho a heredar los bienes de tu conviviente civil fallecido, el acuerdo de unión civil debe haber estado vigente y sin terminar al momento de ocurrir el fallecimiento.

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Artículo 19

Explicación en Lenguaje Simple:

Si fallece tu conviviente, tienes derecho preferente a que se te adjudique el hogar común como parte de tu herencia. Si su valor supera tu cuota hereditaria, puedes exigir quedarse a vivir allí mediante derechos gratuitos de uso y habitación sobre el inmueble y sus muebles.

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Artículo 20

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho a demandar compensaciones económicas y exigir indemnizaciones por los daños sufridos si un tercero causa la muerte de tu conviviente civil, o si lo deja gravemente herido e incapacitado para iniciar las acciones legales por sí mismo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 21

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes una unión civil con una persona de distinto sexo, se aplica la presunción legal de que los hijos nacidos durante la vigencia de la unión o poco después son hijos del conviviente civil. Esta regla rige también ante uniones o matrimonios sucesivos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 22

Explicación en Lenguaje Simple:

Determina que los Tribunales de Familia resolverán los conflictos entre los convivientes civiles. Si deciden terminar la comunidad de bienes, tú, tu conviviente o los herederos pueden repartirlos de mutuo acuerdo o encargar la división a un juez partidor.

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Artículo 23

Explicación en Lenguaje Simple:

Extiende de forma automática todas las restricciones, prohibiciones, incompatibilidades de cargos e inhabilidades que las leyes aplican a las personas casadas hacia quienes son convivientes civiles.

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Artículo 24

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que cualquier ley o reglamento que use la palabra conviviente u otros términos similares se aplicará de igual forma a quienes tengan vigente un acuerdo de unión civil.

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Artículo 25

Explicación en Lenguaje Simple:

Aplica a los convivientes civiles las reglas del Código Civil sobre el derecho preferente de ser nombrados como curadores o representantes legales del otro conviviente en caso de demencia o incapacidad mental.

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Artículo 26

Explicación en Lenguaje Simple:

La unión civil termina por muerte natural o presunta de un conviviente, por casarse entre sí, por mutuo acuerdo escrito, o por decisión unilateral de uno notificada judicialmente al otro. La disolución debe registrarse al margen de la inscripción original en el Registro Civil.

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Artículo 27

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te dedicaste a cuidar a los hijos o al hogar común y por ello no pudiste trabajar o lo hiciste menos de lo que querías, tienes derecho a exigir una compensación económica al terminar la unión. Si el término es unilateral, puedes demandarla en el plazo de seis meses.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 28

Explicación en Lenguaje Simple:

Dispone que el término del acuerdo de unión civil extingue de forma definitiva todos los derechos, deberes y obligaciones que nacieron a raíz de la celebración del contrato entre ambos convivientes civiles.

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Artículo 29

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite que incorpores a tu conviviente civil como carga de salud en Fonasa o en tu Isapre, otorgándole acceso al sistema de salud bajo las mismas condiciones y beneficios que corresponden a un cónyuge.

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Artículo 30

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica las pensiones del sistema de AFP para incluir al conviviente civil como beneficiario de pensión de sobrevivencia. Exige tener el acuerdo vigente, ser soltero, viudo o divorciado, y contar con al menos un año de antigüedad de la unión (o tres si el fallecido ya estaba pensionado).

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Artículo 31

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica las normas previsionales para asegurar que los convivientes civiles tengan los mismos derechos a beneficios estatales y subsidios de pensión que los cónyuges, permitiendo acceder a los aportes previsionales solidarios correspondientes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 32

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Estatuto Administrativo del sector público. Si un funcionario fallece, su conviviente civil sobreviviente tiene derecho preferente a cobrar el sueldo del mes del deceso y los pagos por indemnización de desahucio que correspondan al empleado fallecido.

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Artículo 33

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Estatuto de Funcionarios Municipales. Ante la muerte de un empleado de la municipalidad, su conviviente civil sobreviviente tiene derecho a recibir el sueldo completo del mes en que ocurrió el fallecimiento y la indemnización por desahucio acumulada.

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Artículo 34

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código de Procedimiento Civil para incluir al conviviente civil. Esto permite suspender vistas de causas judiciales por enfermedad de tu conviviente y declara inembargables ciertos bienes que sirven para su mantención o sustento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 35

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Orgánico de Tribunales para obligar a los jueces a restarse de juzgar casos si una de las partes, abogados o interesados directos es su conviviente civil, o si su conviviente tiene una demanda pendiente con alguna de las partes.

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Artículo 36

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica la ley de drogas para incluir al conviviente civil. Esto te permite oponerte a la venta en subasta pública de bienes decomisados si demuestras que los adquiriste de buena fe y antes de los delitos del infractor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 37

Explicación en Lenguaje Simple:

Te faculta para representar a tu conviviente civil en trámites de renegociación o modificación de créditos de subsidio habitacional estatal de su vivienda, sin requerir su firma ni una autorización judicial previa para cambiar o mantener hipotecas.

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Artículo 38

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Sanitario para dar al conviviente civil la obligación y el derecho preferente de dar sepultura al cuerpo de su pareja fallecida. También faculta al conviviente para oponerse al uso del cadáver con fines científicos o universitarios.

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Artículo 39

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Penal para otorgar al conviviente civil los mismos derechos que al cónyuge. Esto incluye la legítima defensa de su persona, la exención de responsabilidad penal por encubrimiento de delitos y la regulación de agravantes si cometes un delito contra tu conviviente.

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Artículo 40

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Procesal Penal para considerar al conviviente civil como víctima ante la muerte de su pareja. Le otorga derecho a no declarar en juicio en contra de su conviviente y a solicitar la revisión de condenas en su favor.

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Artículo 41

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código del Trabajo. Otorga al conviviente civil derecho a cobrar remuneraciones y prestaciones adeudadas del trabajador fallecido, el derecho a gozar de días de permiso laboral pagado por fallecimiento de su pareja y a ausentarse para cuidarla en caso de enfermedad grave.

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Artículo 42

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica la ley de impuesto a las herencias. Establece que el conviviente civil sobreviviente pagará la tasa de impuestos más baja (del grupo familiar directo) sobre los bienes que reciba en herencia, y gozará del mismo monto mínimo exento de impuestos que un cónyuge.

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Artículo 43

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica la ley de conductas terroristas. Te exime de la obligación de denunciar delitos de este tipo si los sospechosos o involucrados en los hechos son tu conviviente civil o tus familiares directos.

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Artículo 44

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica la Ley de Matrimonio Civil para establecer que tener un acuerdo de unión civil vigente con otra persona te impide contraer matrimonio. La única forma de casarte es que lo hagas con tu propio conviviente civil, lo que disolverá la unión automáticamente.

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Artículo 45

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Civil para establecer que, al decidir quién tendrá el cuidado personal de un niño a falta de sus padres, el juez preferirá a los familiares directos de sangre y, en especial, al cónyuge o al conviviente civil del padre o madre.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 46

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica las tarifas de actuaciones del Registro Civil. Fija el cobro arancelario por celebrar o inscribir matrimonios y acuerdos de unión civil fuera de la oficina del servicio o en horarios no laborales, debiendo los contrayentes pagar estos aranceles especiales.

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Artículo 47

Explicación en Lenguaje Simple:

Elimina la palabra naturales en la ley de accidentes laborales respecto de los hijos, garantizando que todos los hijos de un trabajador fallecido tengan derecho al seguro social y pensiones de sobrevivencia bajo las mismas condiciones, sin distinción de su origen filiativo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 48

Explicación en Lenguaje Simple:

Dispone que se dictará un reglamento firmado por el Ministro de Justicia para detallar las normas técnicas y los procedimientos prácticos necesarios para aplicar correctamente todas las disposiciones de esta ley en el país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo PRIMERO

Explicación en Lenguaje Simple:

Determina que esta ley de acuerdo de unión civil entrará en vigencia y será aplicable en todo Chile exactamente seis meses después del día en que se publique en el Diario Oficial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo SEGUNDO

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que los gastos adicionales que genere la aplicación de esta ley en su primer año de vigencia se pagarán con fondos de los ministerios de Justicia y de Salud. Si faltan recursos, estos serán cubiertos por el Tesoro Público del Estado.

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