Artículo ÚNICO
Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización: Grado Nº de Cargos Segundo Nivel Jerárquico Subdirectores Servicio de 4° 5 Vivienda y Urbanización Metropolitano
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