Artículo primero
Artículo primero.- Modifícanse las plantas de personal que se indican seguidamente, en el sentido que se expresa: 1) Créase un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4°, en la planta de personal de Directivos de Exclusiva Confianza de la Subsecretaría de Servicios Sociales, fijada en el artículo 2º del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2012, del Ministerio de Planificación . 2) Créase un cargo de Director Regional, grado 6°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos de las Direcciones Regionales del Instituto Nacional de la Juventud, fijada en el artículo 13 de la ley N° 19.042 .
