Artículo primero
Artículo primero.- Modifícanse las plantas de personal que se indican seguidamente, en el sentido que se expresa: 1) Créase un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 5° en la planta de personal de Directivos de Exclusiva Confianza, del Ministerio del Deporte, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2013 , del Ministerio Secretaría General de Gobierno. 2) Créase un cargo de Director Regional, grado 5° en la planta de personal de Directivos de Exclusiva Confianza, del Instituto Nacional de Deportes de Chile, fijada en el artículo 28 de la ley N° 19.712 .
