Artículo primero
Artículo primero.- Modifícanse las plantas de personal que se indican seguidamente, en el sentido que se expresa: 1) Créase un cargo de Secretario Regional Ministerial de Educación, grado 4°, en la planta de personal de Directivos de Exclusiva Confianza, del Ministerio de Educación, Subsecretaría de Educación, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2016 , del Ministerio de Educación. 2) Créanse tres cargos de Jefes de Departamentos, grado 8°, en la planta de personal de Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, del Ministerio de Educación, Subsecretaría de Educación, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2016 , del Ministerio de Educación. 3) Créase un cargo de Director Regional, grado 7°, en la planta de personal de Directivos de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, fijada en el artículo único del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1990 , del Ministerio de Educación. 4) Créase un cargo de Director Regional de Ñuble, grado 7°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, fijada en el artículo 2° de la ley N° 19.184 . 5) Créase un cargo de Director Regional, grado 6°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos de la Superintendencia de Educación, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016 , del Ministerio de Educación.
