Artículo único
"Artículo único.- Prorrógase NOTA por un año la vigencia de todas las licencias de conducir cuyo control corresponda realizar durante el año 2020. Sus titulares podrán realizar el trámite de renovación hasta el día y mes señalado en la licencia vigente, del año 2021.". NOTA El artículo único de la Ley 21313, publicada el 18.02.2021, prorroga por un año la vigencia de la presente norma, aplicándose también a todas las licencias de conducir cuyo control corresponda realizar durante el año 2021, los beneficiarios podrán realizar el trámite de renovación hasta el día y mes señalado en la licencia vigente, del año 2022.
