Artículo único
"Artículo único.- Prorrógase, a partir de la publicación de la presente ley y hasta el 30 de junio del año 2020, la vigencia de las revisiones técnicas de vehículos cuyo vencimiento haya ocurrido a partir del mes de octubre del año 2019. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en uso de sus atribuciones, establecerá el calendario y los dígitos correspondientes, a objeto de organizar, en lo sucesivo, la realización de dicho trámite.".
📜 Texto Legal Técnico
