Artículo 1.o Déjase sin efecto el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 102, de 1960, sólo en cuanto, suprime de la Planta de la Caja de Previsión de Empleados Particulares los cargos que a continuación se indican: Grado 11.o Oficial Administrativo Bernardo López Jeria. Grado 12.o Oficial Administrativo Elsa Rodríguez Rodríguez.
Artículo 2.o Déjase sin efecto el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 103 de 1960, sólo en cuanto suprime de la Planta del Servicio de Seguro Social, los cargos que a continuación se indican: .
Artículo 3.o Déjase sin efecto el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 100, de 1960, sólo en cuanto suprime de la Planta Administrativa de la Caja de Accidentes del Trabajo el cargo que a continuación sé indica: Grado 16.o Oficial Administrativo Hernán Robles Letelier.
Artículo 4.o Déjase sin efecto el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 154, de 1960, sólo en cuanto suprime de la Planta de la Dirección General de Crédito Prendario y de Martillo los cargos que a continuación se indican: Grado 5.o Médico Enrique Onetto Bachler Grado 8.o Oficial Oscar Aravena Canales
Artículo 5.o Agréguese en el artículo 3.o del decreto con fuerza de ley N.o 154 de 1960, que fijó la Planta de funcionarios de la Dirección General de Crédito Prendario y de Martillo, a continuación de la Planta de Servicio, la siguiente: Planta de Servicio, la siguiente, con un gasto de E° 693.36, que se imputará al Item 06/01/13 del Presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda. "Planta Médica, Ley N.o 10,223 5o. gr. Médico 1 2 hrs. diarias.
Artículo 6.o Déjase sin efecto el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 104, de 1960, sólo en cuanto suprime de la Planta de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas los cargos que a continuación se indican: Grado 12.o Oficial Eduardo Martínez Toranzo Grado 17.o Oficial Mario Vial Valenzuela.
Artículo 7.o Los funcionarios repuestos serán encasillados en las plantas aprobadas en los decretos con fuerza de ley respectivos y de acuerdo a los normas de encasillamiento que señalaron dichos decretos con fuerza de ley.