Artículo único
"Artículo único.- Declárase interpretado el artículo 1 de la ley Nº 5.248 en el siguiente sentido: Para todos los efectos legales la Comisión Administrativa se entenderá que está integrada por el gobernador regional de la Región del Biobío, quien la presidirá; el alcalde de la comuna de Concepción y el alcalde de la comuna de Hualpén.".
📜 Texto Legal Técnico
