INCORPORA A LA PROVINCIA DE CHILOÉ ENTRE LAS BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE BECAS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 56 DE LA LEY Nº 18.681
Ley 21689 · 3 artículos · Versión BCN: 2024-09-17 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 56 de la ley Nº 18.681 , que Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal: 1. Incorpórase en el inciso primero, a continuación de la frase "las localidades respectivas no existan", la siguiente: ", o resulten insuficientes,". 2. Reemplázase en el literal a) del inciso segundo la expresión "General Carrera y Capitán Prat" por "General Carrera, Capitán Prat y Chiloé". 3. Sustitúyese en el inciso tercero la expresión "Intendente Regional" por "Secretario Regional Ministerial de Educación".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.- Reemplázase en la glosa Nº 6 correspondiente a la Partida 09, Capítulo 09, Programa 03, Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 238, de la ley Nº 21.640 , de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, el guarismo "2.531" por "3.531".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo Transitoriotransitorio
Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a la partida del Ministerio de Educación. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público podrá suplementar la parte del gasto que no se pueda financiar con esos recursos. En los años siguientes se estará a los recursos que contemplen las respectivas leyes de presupuestos del Sector Público.".