Artículo único
"Artículo único.- Modifícase la ley N° 20.898 , que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, del siguiente modo: 1. En el artículo 1° : a) En el encabezamiento: i. Reemplázase la expresión "31 de diciembre del 2025" por "31 de diciembre de 2027". ii. Intercálase, a continuación de la frase "obtener los permisos de edificación y de recepción definitiva,", la siguiente: "en forma simultánea,". b) Reemplázase, en el numeral 4), la frase "cuyos recintos habitables, incluidos baños y cocina,", por la expresión "edificada que". 2. Agréganse, en el inciso primero del artículo 2° , a continuación del literal d), los siguientes literales e) y f), nuevos: "e) Formulario único de estadísticas de edificación o certificado de ingreso electrónico de dicho formulario. f) Copia del certificado de subsidio, en el caso de solicitudes de regularización financiadas de acuerdo a lo previsto en el artículo 15 de esta ley.". 3. Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 3° , la frase "cuyos recintos habitables, incluidos baños y cocina,", por la expresión "edificada que". 4. Reemplázase, en el artículo 4° , la frase "plazo de tres años contado desde la publicación" por "plazo señalado en el artículo 1°". 5. Agrégase, en el artículo 6° , a continuación del literal d), el siguiente literal e), nuevo: "e) Formulario único de estadísticas de edificación o certificado de ingreso electrónico de dicho formulario.". 6. Sustitúyese, en el artículo 14 , la expresión "ley N° 19.537" por "ley N° 21.442, que aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria". 7. Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 15 , la expresión "ley N° 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria" por "ley N° 21.442". 8. Incorpórase el siguiente artículo 17 , nuevo: "Artículo 17.- Los plazos de vigencia aludidos en esta ley corresponden a aquellos que tienen los propietarios para ingresar las solicitudes de regularización ante las respectivas direcciones de obras municipales, sin perjuicio de que la tramitación culmine en una fecha posterior.".".
