Artículo 1
Artículo 1°.- Autorízase a la Empresa Portuaria de Chile para transferir a título gratuito al Fisco-Armada de Chile- el inmueble denominado "Molo de Abrigo de Valparaíso", ubicado en la comuna y provincia del mismo nombre. Los deslindes y medidas del inmueble cuya transferencia se autoriza, que corresponde- al Lote N° 1 del plano protocolizado con fecha 21 de Noviembre de 1980, bajo el N° 22 del Registro de Instrumentos Públicos del Notario de Valparaíso, don Alfonso Díaz Sanhueza, son los siguientes: al Norte en 288 metros 50 centímetros en línea recta con el mar, correspondiente al parapeto del molo, entre el arranque y el faro rojo DUPRAT; esta misma línea se quiebra hacia el nororiente en 15 metros y 686 metros respectivamente, en línea ligeramente curva hasta alcanzar el vértice con el cabezo del molo; al Sur en 72 metros 20 centímetros en línea recta con parte del deslinde norte del Lote N° 2, desde el vértice del arranque hasta el vértice de confluencia con el borde del malecón del Sitio 1, luego en 200 metros en línea recta con el mar, correspondiente al borde interior del molo, que une el vértice que se forma con el Sitio 1 y el vértice interior frente al faro rojo Duprat; esta misma línea se quiebra hacia el suroriente en 699 metros en línea ligeramente curva hasta alcanzar el vértice con el cabezo del molo; al Oriente en 12 metros en línea recta con el mar, conformando el cabezo del molo, y al Poniente en 15 metros en línea recta con explanada de acceso al molo, línea que forma ángulo recto con el deslinde norte del Lote N° 2 del plano.
