Artículo UNICO
Artículo único.- La Corporación de Ayuda al Menor y la Fundación "Angel Faivovich Hitzcovich" estarán exentas de los tributos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1º del decreto ley Nº 824, de 1974, por los ingresos percibidos o devengados a contar del 1º de Enero de 1980. Respecto de la Corporación de Ayuda al Menor no tendrá aplicación lo dispuesto en el inciso final del artículo 40 de la Ley de la Renta.
📜 Texto Legal Técnico
