Artículo
Artículo único: Reconócese, por gracia, a doña Leter Regalina Campos Villar, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el período comprendido entre el 1º de Enero de 1959 al 31 de Diciembre de 1968. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirla.
📜 Texto Legal Técnico
