Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para los efectos previstos en el artículo 182º del D.F.L. Nº 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, los servicios desempeñados por el General de Brigada (R) don Jorge Court Moock como asesor de la Presidencia de la República, durante el período comprendido entre el 8 de Marzo de 1977 y el 20 de Agosto de 1980. Las imposiciones correspondientes serán de cargo del beneficiario, quien deberá integrarlas directamente en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y se calcularán en relación con la pensión de retiro de que es titular.
