Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Juan Francisco Jelincic Katunaric, para reintegrar las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Octubre de 1956 y el 31 de Diciembre de 1959 y entre el 1º de Junio y el 30 de Noviembre de 1961. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
