Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, a las personas que se señalan el tiempo que en cada caso se indica. 1.- Adriana Barra Salazar, entre el 1º de Abril de 1952 y el 4 de Julio de 1954. 2.- María Argelia González Araya, entre el 27 de Abril de 1959 y el 30 de Octubre de 1961. 3.- Frida Sonia Ahumada Romero, entre el 2 de Noviembre de 1973 y el 13 de Febrero de 1975. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo de cada interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
