Artículo UNICO
Artículo único.- Rectifícase el decreto ley Nº 2.843, de 17 de Agosto de 1979, que reconoce, por gracia, a doña María Gutiérrez Sánchez, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, en el sentido que el tiempo servido es entre el 2 de Enero y el 31 de Agosto de 1953, y no como se indica en el decreto ley aludido.
📜 Texto Legal Técnico
