Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña María Edith Esperidión Varela, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Febrero de 1960 y el 14 de Mayo de 1963. La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos las que serán de cargo de la interesada.
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