Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Paulina Gladys Elisa Godoy Chandía, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el período comprendido entre el 19 de Julio de 1954 y el 5 de Abril de 1957. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
