Artículo UNICO
Artículo único.- Declárase que los tiempos reconocidos por gracia a don Willy Otto Schulz Mohring mediante el decreto ley Nº 3.264, de 1980, le son válidos incluso para los efectos de obtener el beneficio establecido en el artículo 114 letra a) del D.F.L. (G) Nº 1, de 1968.
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