Artículo 1
Artículo 1º- Suprímense a contar del día 1º del mes siguientes al de la publicación de este decreto ley, los siguientes cargos en la Planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, contemplada en el artículo 1º del decreto Nº 1.172, de 1977, del Ministerio de Hacienda: 1 Jefe Depto. de Pensiones, Nivel I, Grado 5º EUS. 1 Subjefe Depto. Pensiones, Nivel I, Grado 9º EUS. 1 Jefe Revisores Pensiones, Nivel II, Grado 11º EUS. 1 Jefe Sección Depto. Pensiones, Nivel II, Grado 14º EUS. 2 Profes. y Técn. Universitar., Nivel I, Grado 14º EUS. 3 Oficiales Administrativos, Nivel I, Grado 19º EUS. 8 Oficiales Administrativos, Nivel I, Grado 20º EUS. 4 Oficiales Administrativos, Nivel I, Grado 21º EUS. 4 Oficiales Administrativos, Nivel II, Grado 22º EUS.
