Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Ema Sánchez Soto, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Septiembre de 1954 y el 28 de Febrero de 1955; desde el 1º de Febrero de 1959 al 31 de Enero de 1962 y entre el 1º de Junio y el 31 de Agosto de 1962. La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos las que serán de cargo de la interesada.
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