Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese por gracia, a doña Olivia Garfias Zavala, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 10 de Junio de 1959 y el 5 de Abril de 1960. Autorízasele, asimismo, para reintegrar imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1° de Mayo de 1960 y el 31 de Julio de 1965. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones correspondientes al período que se reconoce y la Caja de Previsión de Empleados Particulares las que se autorizan reintegrar, todas las cuales serán de cargo de la interesada.
