Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, a las personas que se señalan el tiempo que en cada caso se indica: 1.- Don Eduardo Solís Zamorano, desde el 6 de Agosto y el 6 de Diciembre de 1952 y entre el 1° de Febrero de 1953 al 31 de Agosto de 1954. 2.- Doña Edith Palacios Sies, desde el 21 y el 27 de Julio de 1954 y desde el 1° de Enero de 1955 al 30 de Junio de 1956. 3.- Doña María Cristina Sarmiento Felipe, desde el 19 de Junio de 1953 y el 28 de Febrero de 1954. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo de cada interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
