Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Rosa Trinidad Román Lizama, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el período comprendido entre el 26 de Enero de 1951 y el 31 de Marzo 1954. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
