Artículo UNICO
Artículo único: Autorízase, por gracia, a don Félix Ampelio Rehbein Marín, para que reintegre imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Octubre de 1938 y el 31 de Marzo de 1949. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho periodo, las que serán de cargo del interesado.
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