Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Ximena Olympia Castro Garriga, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Agosto de 1942 y el 30 de Abril de 1944. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
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