Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Carlos Pradenas Ortega, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Diciembre de 1954 al 28 de Febrero de 1965. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
