Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Eliana Salomé Aguirre Valenzuela, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, el tiempo servido entre el 2 de Agosto de 1965 y el 1º de Enero de 1971. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
