Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Sonia Verónica Mellado Bobadilla, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 3 de Enero y el 1º de Abril de 1956, y desde el 15 de Enero y el 1º de Mayo de 1957. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
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