Artículo 1
Artículo 1º.- Derógase el decreto ley Nº 2.716, de 19 de Junio de 1979.
📜 Texto Legal Técnico
DEROGA DECRETO LEY Nº 2.716, DE 19 DE JUNIO DE 1979, Y OTORGA BENEFICIO QUE INDICA A DON JORGE CIFUENTES SANFUENTES
Decreto Ley 3106 · 2 artículos · Versión BCN: 1980-02-05 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1º.- Derógase el decreto ley Nº 2.716, de 19 de Junio de 1979.
Artículo 2º.- Otórgase, por gracia, a don Jorge Cifuentes Sanfuentes el derecho a obtener pensión de retiro con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 175º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas y declárase que el día 31 de Mayo de 1978 debe considerarse, para todos los efectos legales, como la fecha en que éste fue llamado a retiro.