Artículo UNICO
"Artículo único.- Condónanse las deudas contraídas, en conformidad al artículo 11 de la ley número 9.662 y sus modificaciones posteriores, por los beneficiarios de las obras de regadío mecánico ejecutadas por la Dirección de Riego, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, en Lo Miranda, departamento de Rancagua, provincia de O'Higgins.".
📜 Texto Legal Técnico
