Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Tomás Villalobos Palza, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Enero y el 12 de Abril de 1946 y desde el 1º de Noviembre de 1946 al 31 de Enero de 1956. La Caja de Previsión para Empleados del Salitre, procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo del interesado.
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