Artículo UNICO
Artículo único.- Reemplázase en el inciso 1º del artículo 1º del Decreto ley Nº 96, de 1973, la expresión "el artículo", por "los artículos", y el punto final por la frase "y 17 de la ley número 15.076".
📜 Texto Legal Técnico
REEMPLAZA INCISO 1º DEL ARTICULO 1º DEL DECRETO LEY Nº 96, DE 1973
Decreto Ley 274 · 1 artículos · Versión BCN: 1974-01-21 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Reemplázase en el inciso 1º del artículo 1º del Decreto ley Nº 96, de 1973, la expresión "el artículo", por "los artículos", y el punto final por la frase "y 17 de la ley número 15.076".