Artículo UNICO
Artículo único: Modifícase el decreto ley N.o 423, de 1974, en la siguiente forma: 1.o- Sustitúyese en el artículo 1.o, los grados 3.o al 10.o, inclusive de la Planta de la Empresa Portuaria de Chile por los siguientes: Total Grados Designación Nº Cargos Cargos 2º Director 1 1 3º Subdirector 1 1 4º Jefes de Depto.: Abogado o Ingeniero 3 3 5º Jefes de Depto.: Abogado, Ingeniero o Ingeniero Comercial, O Contador o Experto con más de siete años de experiencia en su especialidad 4 4 6º Ingenieros, Abogados o Ingenieros Comerciales 6 6 7º Abogados o Ingenieros 4 4 8º Abogado, Arquitecto o Ingeniero 4 Constructor Civil Jefe o Ingeniero de Ejecucion Jefe 2 6 9º Abogado, Ingeniero, Arquitecto o Ingeniero Comercial 5 Constructores Civiles Jefes o Ingenieros de Ejecución Jefes o Expertos Jefe 10 15 10º Abogado o Ingeniero o Arquitecto 4 Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Experto o Técnico A 15 19 2º- Sustitúyese, en el artículo 1º, el inciso 6º por el siguiente: El Director podrá encasillar o nombrar en los cargos denominados Técnicos A a los profesionales colegiados y en los Técnicos B a los profesionales o expertos colegiados o no colegiados; estos últimos deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Personal en servicio en la Empresa: Se les exigirá título otorgado por algún Instituto o Escuela Técnica, y en el caso de carecer de él, un desempeño mínimo en el servicio de 2 años. b) Personal proveniente de fuera de la Empresa: Se le exigirá título otorgado por un Instituto o Escuela Técnica, o una experiencia mínima de 4 años. A estos trabajadores no se les exigirá estudios mínimos, a excepción de los señalados, salvo los conocimientos en su especialidad. 3º- Reemplázanse, en el artículo 4º, los grados y Jefaturas por los siguientes, y agréganse los incisos que se indican: Grado Jefatura 5º - Administrador del Puerto de Valparaíso. 6º - Administrador del Puerto de Antofagasta. - Jefe Sub-Departamento Mantenimiento Dirección. - Jefe Sub-Departamento Obras Civiles Dirección. 7º - Administrador del Puerto de Arica. - Administrador del Puerto de San Antonio. - Jefe Sub-Departamento Riesgos Profesionales Dirección. - Jefe Sub-Departamento Proyecto San Vicente. - Sub- Administrador del Puerto de Valparaíso. 8º - Administrador del Puerto de Talcahuano. - Administrador del Puerto de Punta Arenas. - Administrador del Puerto de Iquique. - Jefe Técnico de Valparaíso. - Sub-Administrador del Puerto de Antofagasta. 9º - Asistente Social Jefe Sub-Depto. Acción Social-Dirección. 9º - Jefe Sub-Departamento Operaciones-Dirección. - Jefe Sub-Departamento Comercial-Dirección. - Jefe Sub-Departamento Contabilidad General- Dirección. - Jefe Sub-Departamento Presupuesto-Dirección. - Administrador del Puerto de Puerto Montt. - Administrador del Puerto de Coquimbo - Jefe Sub-Departamento Medidas Disciplinarias. 10º - Jefe Sub-Departamento Remuneraciones. - Jefe Sub-Departamento Capacitacion. - Jefe Sub-Departamento Estadística. - Jefe Sub-Departamento Abastecimiento. - Jefe Sub-Departamento Tesorería General. - Jefe Técnico Antofagasta. - Jefe Operaciones Valparaíso. - Administrador del Puerto de Chacabuco. - Sub-Administrador del Puerto de San Antonio. - Jefe Técnico San Antonio. - Jefe Técnico Arica. - Jefe Operaciones Antofagasta. 11º - Jefe Sub-Departamento Relaciones Laborales. - Jefe Finanzas Valparaíso. - Jefe Sub-Depto. Relaciones Gremiales - Dirección. - Jefe Operaciones Arica. - Jefe Operaciones San Antonio. - Jefe Técnico Iquique. - Jefe Técnico Talcahuano. 12º - Jefe Finanzas Antofagasta. - Jefe Finanzas San Antonio. - Jefe Personal Valparaíso. - Jefe Técnico Punta Arenas. - Jefe Operaciones Talcahuano. - Jefe Operaciones Iquique. - Jefe Operaciones Punta Arenas. - Jefe Técnico Coquimbo. 13º - Jefe Finanzas Arica. - Jefe Finanzas Iquique. - Jefe Finanzas Talcahuano. - Jefe Personal Antofagasta. - Jefe Personal Arica. - Jefe Personal San Antonio. - Jefe Técnico Puerto Montt. - Jefe Operaciones Puerto Montt. - Jefe Oficina Coordinadora Santiago. - Jefe Operaciones Coquimbo. 14º - Jefe Finanzas Coquimbo. - Jefe Finanzas Puerto Montt. - Jefe Finanzas Punta Arenas. - Jefe Personal Talcahuano. - Jefe Personal Iquique. - Jefe Personal Punta Arenas. 15º - Jefe Personal Puerto Montt. - Jefe Personal Coquimbo. - Jefe Técnico Chacabuco. - Jefe Operaciones Chacabuco. 16º - Jefe Finanzas Chacabuco. - Jefe Personal Chacabuco. Los cargos de Jefe de Sección de la Planta Administrativa se clasifican en tres Categorías: A, B y C. Los funcionarios que el Director designe para desempeñar estas Jefaturas deberán provenir de la Planta Administrativa y percibirán complementariamente la diferencia de 3, 2 y 1 grado, respectivamente, sobre sus correspondientes grados de encasillamiento. En la resolución respectiva el Director determinará la Categoría del Cargo. Durante el desempeño de la Jefatura el grado asignado a ella determinará la jerarquía del funcionario en el Servicio y la remuneración correspondiente al grado de la misma será el sueldo base del funcionario para todos los efectos legales. 4º.- Modifícase en el artículo 6º, inciso 2º, el guarismo "18" por "13". 5º.- Los Practicantes actualmente encasillados en el Escalafón de Operarios, se encasillarán en el Escalafón de Jefe de Turno Policlínico y gozarán para todos los efectos legales de las remuneraciones correspondientes al Grado 17º, de la Escala Unica de Remuneraciones. 6º.- El presente decreto ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.
